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DECALO DE REBAJAS: ASPECTOS A TENER EN CUENTA

 

  1. Periodo de Rebajas: está comprendido entre el 7 de enero y el 7 de marzo, siendo decisión del empresario la limitación del tiempo de las mismas. En caso de que se crea conveniente el desarrollo de esta actividad, no podrá ser inferior a una semana ni superar los dos meses.
  2. Se ha de informar sobre el periodo de rebajas de forma clara y precisa, aún cuando el establecimiento esté cerrado
  3. Para poder anunciar las ventas en rebajas, la mitad de los artículos deben estar afectados por la misma.
  4. Cantidad de producto. La normativa establece que se ha de disponer de bienes suficientes para abastecer la posible demanda, pero no ahonda ni establece números o porcentajes específicos.
  5. Forma de Pago: se mantendrá la misma/s forma/s de pago (efectivo, tarjeta, transferencia,…) que durante el resto del año, sin poder negarse a utilizarse los mismos.
  6. Doble etiquetado: se ha de exhibir el doble etiquetado (precios anteriores a las rebajas y precios rebajados) en los artículos, o bien el porcentaje en que están rebajados.
  7. Separación de productos rebajados. En caso de que haya productos no rebajados, estos deberán estar en una zona bien diferenciada de los bienes rebajados.
  8. No podrán denominarse rebajas la venta de productos deteriorados, los adquiridos para este periodo, los que no estuvieran durante el mes anterior expuestos para la venta al público.

 

RECUERDA, en el periodo de rebajas sólo reduces el precio del artículo, no la calidad ni los servicios que prestas a los clientes.

 

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